Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler

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Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler

Quién paga las reparaciones en un piso de alquiler, el propietario o el inquilino

En primer lugar hay que ver lo pactado en el contrato de arrendamiento.

Salvo que no se vulneren las normas de la Ley de Ordenamiento Urbano, lo pactado en el contrato por ambas partes será lo que determine la vida de ese arrendamiento.

El artículo 1563 del Código Civil manifiesta que el arrendatario, al ser la persona que ocupa la vivienda, es el responsable de su deterioro o pérdida, a no ser que pruebe que ese deterioro se ha producido sin su culpa.

REPARACIONES A CARGO DEL ARRENDADOR:

1.- Las reparaciones originadas por un deterioro se haya producido por un caso fortuito o fuerza mayor.

2.- Si en el contrato figurase que la vivienda se entregó en malas condiciones, las deficiencias que pudieran aparecer al final del arrendamiento serian a cargo del arrendador, porque el estado de cómo se entregó la vivienda haría presumir que se podrían producir nuevas deficiencias.

3.- Si las deficiencias se produjeron  al principio del arrendamiento, no se les podrían imputar a los inquilinos porque no habrían tenido tiempo de uso suficiente para desgastar el elemento deficiente.

4.- Las reparaciones de Conservación le corresponden al arrendador, ya que es su obligación mantener la vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad.

 Dentro de este tipo de reparaciones están los  gastos u obras sin las cuales quedarían las viviendas inservibles para su uso. Estas obras no aumentan el valor de las viviendas.

5.- Las reparaciones que se produzcan por el uso y desgaste ordinario de la vivienda. (Provocadas por el transcurso del tiempo y el degaste natural).

REPARACIONES A CARGO DEL INQUILINO:

1.- Cualquier deficiencia ocasionada por el mal uso o por un uso más intenso del tolerable o por un mal mantenimiento de la vivienda.

2.- Las pequeñas reparaciones de cualquier objeto que se deterioren por el uso continuado del inquilino.

3.- Las reparaciones de conservación, cuando los inquilinos al conocer esas deficiencias, no informasen al arrendador para que las subsanase y por este motivo se agraven de forma importante.

4.- Si al firmar el contrato de arrendamiento, se indico que la vivienda estaba en buen estado, cualquier deficiencia que presente la vivienda arrendada a la finalización del contrato, si no fue comunicada al arrendador, esta será a cargo del arrendatario.

5.- Las reparaciones que exija el mantenimiento de las viviendas, se le pueden imputar a los inquilinos siempre que se pacte expresamente en los contratos y que no impliquen un coste económico elevado y no vulneren el carácter imperativo de las Normas de la L.O.U.

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Fuente:

https://www.idealista.com/news/opinion/jose-ramon-zurdo/2020/11/23/788000-quien-paga-las-reparaciones-en-un-piso-de-alquiler-el-propietario-o-el-inquilino