Juicios Monitorios , los peligros que esconden

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Juicios monitorios

Los Juicios Monitorios, son un sistema legal para cobrar judicialmente de una manera rápida, sencilla, y efectiva, pequeñas cantidades de dinero.

Este sistema de cobro no tiene ningún tipo de costas judiciales.

El problema comienza cuando el que pone la demanda (Acreedor) quiere cobra al deudor cantidades de dinero muy superiores a las deudas que este tenía con él.

1º.- El acreedor reclama judicialmente al deudor por escrito una cantidad de dinero abusiva.

2º.- El acreedor se pone en contacto telefóico con el deudor y le dice que esa reclamación a sido un error y que si llegan a un acuerdo le retira la denuncia.

3º.- El deudor se reune con el acreedor y tras el descuento de la deuda que le ofrecen, decide pagarla.

4º.- El acreedor le dice al antiguo deudor que le va a quitar la denuncia y que no es necesario que el suba al juzgado a reclamarla.

5º.- El acreedor no retira la denuncia en el juzgado.

6º.- Tras pasar el tiempo que el deudor tenia para presentar alegaciones en el juzgado, sin realizarlas, el acreedor prosigue con la denuncia.

7º.- Como ha pasado el tiempo que tenia el deudor para negarse a esa deuda, esta deuda por el total reclamado se convierte en obligación de pago.

8º.- El acreedor solicita judicialmente el pago de la diferencia de la deuda y el deudor esta obligada a pagarla sin poder negarse.

Ejemplo basado en casos reales:

Una persona tiene una deuda de 200 €, el acreedor le pone al deudor un Juicio Monitorio, por valor de 2.000 euros, cantidad que no coincide con la deuda real.

A continuación el Juzgado procede a comenzar a tramitar ese Juicio, enviando una carta al deudor, reclamándole los 2.000 euros, dándole un plazo de 20 días para que pueda hacer una de estas tres cosas: Pagar,  Presentar alegaciones o no hacer nada.

Entre medias, el acreedor o su abogado, llaman al deudor  para  tratar esa deuda y solucionar el error en la cantidad exigida.

Cuando el deudor, habla con el acreedor o con el abogado del mismo, estos le indican que no se preocupe, que ha sido un error, y que por este motivo le perdonan la mitad de la deuda (100€) si le paga en ese momento.

Si el deudor acepta y paga, el acreedor o su abogado, le dan una factura en la que ponen  “pagado”  y le informan que de manera inmediata, retirarán la denuncia.

Aquí es donde comienza lo que el deudor considerará como una estafa:

En vez de retirar la denuncia, el acreedor (aconsejado o no por su abogado) NO RETIRA LA DEMANDA.

Y trascurridos los 20 días desde que el juzgado informo al deudor y al no ir este al juzgado, a informar sobre ese acuerdo, la deuda de los 2.000 euros se considera firme y exigible judicialmente.

A continuación, el abogado del acreedor, procede a poner una 2ª demanda, llamada Ejecutiva, reclamando los otros 1.900 euros mas todos los gastos judiciales (casi 1.400 euros mas).

A partir de este momento, el deudor, no puede hacer nada, solamente pagar todo el dinero reclamado.

Este ejemplo, está ocurriendo, por este motivo os avisamos de que SIEMPRE HAY QUE CONTESTAR PERSONALMENTE  LAS CARTAS QUE OS ENVIEN DESDE EL JUZGADO.

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